Enfermedad, sintomatología, medicación y conducción. ¿Qué debo tener en cuenta antes de ponerme al volante de un vehículo?


Las enfermedades tienen síntomas que perturban nuestra percepción, relentizan nuestros reflejos o hacen difícil una buena conducción. También es necesaria medicación, algunas veces solo temporalmente y otras de por vida. Todo esto debemos tenerlo en cuenta a la hora de coger el volante de un vehículo.


La tendencia es no preocuparse por si estamos o no en condiciones de conducir porque para que engañarnos: ¡yo controlo, estoy bien, la medicación no me afecta! (Léase con ironía)

Y... ¿Qué pasa cuando tenemos síntomas en nuestro día a día que fluctúan, se intensifican o aparecen de un momento a otro? ¡Va eso da igual! yo sé que puedo conducir. 


¡C U I D A D O! 


Este es un tema muy serio y no solo nos jugamos nuestra vida, también nos jugamos la de los demás y eso, amigo, no es moco de pavo.


 ¿Que ocurre si no tenemos en cuenta los síntomas y la medicación que tomamos?



Debemos ser conscientes y consecuentes de cuando podemos conducir. La inmensa mayoría hemos oído comentar sobre los efectos de los medicamentos al volante pero seguramente no nos paramos a pensar que medicamentos de los que tomamos pueden afectar y en muchos casos provocar un accidente.

En primer lugar siempre pregunta a tu médico si el medicamento que te receta puede alterar de algún modo tu capacidad para conducir. En caso de ser un medicamento puntual y sin receta médica siempre puedes consultar a tu farmacéutico o mirar en el prospecto. Los medicamentos que afectan a la conducción tienen en el envase un aviso.




Una vez que sepas que ese medicamento que tomas puede producir alguna alteración, observa tu reacción ante ese medicamento. Cada caso debe ser valorado individualmente.

Un mismo medicamento podría no afectar a una

persona y sí hacerlo de forma significativa a otra.  Se debe observar durante los primeros días, o el tiempo que sea necesario, de qué forma puede alterar (reflejos, atención, capacidad visual y auditiva) Durante ese tiempo el sentido común y la DGT dice que mejor no conduzcas. 


¿Que alteraciones puede tener un medicamento?


sensorial, cognitivo o motriz. 


  • Somnolencia o efecto sedante 
  • Reducción de los reflejos y aumento del tiempo de reacción. 
  • Alteración de la percepción de las distancias.
  • Hiperactividad (actividad muy intensa)  e hiperreactividad (reacción muy intensa)
  • Alteraciones oftalmológicas o de la audición.
  • Estados de confusión y aturdimiento.
  • Alteraciones musculares de carácter agudo (espasmos, calambres, incoordinación motora, etc).


También se debe tener en cuenta la medicación puntual, incluso los que tomamos para un resfriado común y no necesitan receta médica.


No solo el uso de medicación pone en peligro nuestra vida cuando se trata de conducir. Hay síntomas en diversas patologías a tener en cuenta:


  • Cualquier tipo de epilepsia y, en general, los trastornos convulsivos (origen de muchos accidentes). 
  • Trastornos psiquiátricos: depresión, angustia, esquizofrenia, ansiedad generalizada, etc. Este tipo de patologías provocan en el paciente pérdida de reflejos. En muchos casos la causa radica en el efecto sedante de sus tratamientos. 
  • Enfermedad de Parkinson.
  • Demencias tipo Alzheimer
  • Trastornos del sueño (hipersomnia, insomnio, etc).
  • Alteraciones graves visuales y/o auditivas. (incluidos vértigos)
  • Alteraciones en el aparato locomotor: rigidez articular, dolores musculares que dificultan una adecuada postura de conducción...
  • Enfermedades cardiovasculares: hipertensión arterial no controlada, cardiopatía isquémica, etc. 
  • Trastornos endocrino-metabólicos: diabetes (por su riesgo de hipoglucemias que provocan mareo y pérdida de conocimiento en el conductor) , hipo e hipertiroidismo, etc 


Permitidme el inciso de los problemas cognitivos en Fibromialgia y otras enfermedades que pueden cursar este síntoma.


Un simple problema cognitivo puede causar un serio problema. La llamada "fibroniebla" o "neblina mental" puede hacer que nos despistemos y causar un accidente. 


Hay que tener en cuenta que los síntomas pueden aparecer en cualquier momento, salir con el coche estando bien y en medio del trayecto encontrarnos mal. En ese caso inmediatamente pon la señal de emergencia (doble intermitente) aparca y deja de conducir. Es más prudente no solo para ti, recuerda que en la carretera hay muchas personas al volante a las que puedes perjudicar.

Puede darse el caso de que te encuentres mal repentinamente y estés circulando por una autovía:

  • Pon inmediatamente el doble intermitente (señal de emergencia)
  • Reduce velocidad, puedes utilizar para más seguridad el freno motor (reducir velocidades) nunca frenes de golpe.
  • Asegúrate si puedes que sea en un lugar con la mayor visibilidad posible (una recta)
  • Acércate al arcén y deja estacionado el vehículo, a ser posible fuera del carril de circulación.
  • Utiliza el teléfono móvil para llamar a emergencias si no puedes salir al poste de SOS más cercano. No llames antes a un familiar para que venga a buscarte puesto que el arcén solo pueden utilizarlo las emergencias y otro vehículo aparcado en el arcén puede provocar un accidente. Si sales del vehículo recuerda ponerte siempre el chaleco reflectante y situar los triángulos de emergencia detrás y delante del vehículo a unos 50 metros. En caso de autovía solo detrás.

¿Y la ley?¿Qué dice al respecto?


el Artículo 27. del Reglamento general de Circulación establece bajo el epigrafe ” Estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes u otras sustancias análogas.” lo siguiente:


"No podrán circular por las vías objeto de la legislación sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial los conductores de vehículos o bicicletas que hayan ingerido o incorporado a su organismo psicotrópicos, estimulantes u otras sustancias análogas, entre las que se incluirán, en cualquier caso, los medicamentos u otras sustancias bajo cuyo efecto se altere el estado físico o mental apropiado para circular sin peligro."


Podría ser sancionado si la ingesta de esos medicamentos alterase su estado físico o mental apropiado para circular sin peligro. 


Si bien hay una excepción prevista para el supuesto de:


"Aquellas substancias que se consuman bajo prescripción facultativa y con una finalidad rehabilitadora, siempre que se esté en condiciones de utilizar el vehículo conforme a la obligación de diligencia, precaución y no distracción establecida en el artículo 9"


Es de vital importancia que el médico informe sobre los medicamentos prescritos y la capacidad de poder, o no, conducir. Pedir un informe escrito y llevar siempre en el vehículo.


Para saber más sobre enfermedades, tratamientos, medicamentos a tener en cuenta a la hora de conducir y consejos podéis consultar este enlace de la revista de la DGT:


http://revista.dgt.es/es/categorias/salud-medicamentos.shtml



Lo más prudente es hacer caso siempre de nuestro médico, utilizar el sentido común y ser previsor a la hora de coger el volante de un vehículo. Ante la duda y la no seguridad, siempre piensa que tu vida y la de los demás es lo más importante.


Información recogida en:


Fundación Mapfre: Médicos por la seguridad vial.

DGT

CEA seguridad vial

AEA club


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